¿Cuándo debo hacerlo?
Dentro de las 72 horas posteriores al nacimiento en caso de realizarlo en el centro sanitario, si no, deberá realizarse en el plazo de 10 días desde el nacimiento del bebé en el Registro Civil del municipio. No obstante, este plazo podría llegar a los 30 días cuando se acredite justa causa (a partir del día 31 se abrirá expediente).
¿Dónde se hace?
El registro se puede realizar:
- En el hospital (si el bebé nace en un hospital público del SISCAT)
- En el Registro Civil del municipio
¿Qué necesito?
Toma nota de la documentación necesaria en todos los casos:

- Parte médico de nacimiento (cuestionario amarillo)*
- Boletín estadístico del parto (cuestionario rojo)*
- Documentación en vigor de ambos progenitores (DNI, en caso de ser ciudadanos españoles; NIE y/o pasaporte para los ciudadanos extranjeros)
- Libro de familia, si ya se tiene uno
Recuerda que tienes que pedir cita previa.
*Los impresos 1 (cuestionario amarillo) y 2 (cuestionario rojo) los facilita el hospital y se tienen que rellenar en letras mayúsculas y legibles.
Hay que revisar que los datos que constan sean correctos.
Hay que revisar que los datos que constan sean correctos.